Declaración CD de rechazo a la solicitud de reporte de aportes de Afip a becarios UBA

 

Buenos Aires, 23 de mayo de 2017

 

VISTO

La solicitud enviada por la Secretaría de Ciencia y Técnica de la UBA a los becarios de estímulo, maestría, doctorado y culminación de doctorado de la Universidad mediante la cual se requiere la presentación del reporte de aportes de AFIP de cada becario junto con la certificación de tareas del mes en curso y,

El Reglamento de Becas de la UBA, que en su art. 20 establece para la Beca Estímulo que “la dedicación será de veinte (20) horas semanales, y su dedicación incompatible con toda actividad laboral, pasantías y otras becas de investigación, con excepción de un cargo docente de ayudante de segunda, rentado o ad-honorem, con dedicación simple en esta Universidad…”, y en sus art. 28, 37 y 45 referidos a la dedicación de las becas de Maestría, Doctorado y Culminación de Doctorado establece que: “La beca será de dedicación exclusiva, sólo compatible con un cargo docente rentado o ad-honorem en la Universidad de Buenos Aires…”.

 

CONSIDERANDO

Que dicha solicitud puso de manifiesto las inconsistencias, arbitrariedades y exclusiones que expresa el reglamento de Becas de la Universidad.

Que para los becarios de Maestría, Doctorado y Culminación de Doctorado se limita la compatibilidad a un cargo docente en la Universidad y que la UBA no garantiza esa inserción en las Facultades ni permite cubrir dicha dedicación con cargos en otras instituciones del sistema educativo.

Que mientras la dedicación exigida para los becarios de Estímulo es de 20 hs. semanales, se establece la incompatibilidad con toda otra actividad laboral, excepto con un cargo docente de Ayudante de segunda simple en la UBA, resultando en un criterio de exclusión del inicio en la investigación en base a consideraciones elitistas.

Que los estudiantes y graduados de esta Facultad obtienen desde hace varios años la mayor cantidad de becas de grado y posgrado de la Universidad, evidenciando la excelencia académica y la dedicación a la investigación de los equipos e Institutos de la Facultad.

Que esta medida se implementa en un contexto de retroceso en los derechos de amplios sectores sociales y de un programa de ajuste a la educación pública y al sistema científico nacional.

 

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS

DECLARA

 

Art. 1. Mantener en reserva en el ámbito de la Facultad la documentación solicitada por el Rectorado.

Art. 2. Solicitar a las autoridades de la UBA que se realice una modificación del Reglamento de Becas en los artículos mencionados.

Art. 3. Solicitar a las autoridades de la UBA la actualización de los estipendios de las becas de grado y posgrado.

Art. 4. Regístrese, comuníquese al Consejo Superior y a la Secretaría de Ciencia y Técnica de la Universidad de Buenos Aires, a los Institutos de Investigación y a las dependencias docentes de la Facultad y cumplido archívese.

Fecha de inicio del evento: 
Martes, Mayo 23, 2017